ResponsabilidadCAS


En Compromís per Elx consideramos, que un buen gobierno debe ser capaz de impregnar de valores y principios a todas sus políticas, y establecer mecanismos de diálogo y rendición de cuentas con la ciudadanía, por ello impulsaremos la implantación de prácticas de RESPONSABILIDAD SOCIAL en la administración pública. Consideramos que su implantación en la vida municipal resulta imprescindible, por dos motivos: (1) establecer el círculo virtuoso de las políticas responsables en nuestro municipio en aras de mejorar la calidad democrática y (2) como factor económico atrayente, debido a la necesidad de las empresas de mantener un comportamiento socialmente responsable.

Como hemos dicho la gestión municipal requiere de principios y valores, por ello cabe definir los principales principios de una GESTIÓN RESPONSABLE a implantar:

  • PRINCIPIO 1: RENDICIÓN DE CUENTAS:Objetivo: prevenir la repetición de impactos negativos involuntarios e imprevistos, a través de un sistema de rendición de cuentas ante la ciudadanía.
  • PRINCIPIO 2.TRANSPARENCIA Y PARTICIPACIÓLas administraciones públicas deben revelar de forma clara, precisa y completa la información sobre las políticas, decisiones y actividades de las que son responsables.
  • PRINCIPIO 3: COMPORTAMIENTO ÉImplica el respeto por las personas, animales y medio ambiente y el compromiso de tratar el impacto de sus actividades y decisiones con las partes interesadas, es decir con la ciudadanía y actores sociales y económicos en sentido amplio.
  • PRINCIPIO 4: RESPETO POR LOS INTERESES DE LOS ACTORES SOCIALES Y ECONÓLa administración pública debe respetar, considerar y responder a los intereses de sus partes interesadas, aunque no sean coherentes con expectativas de la sociedad, a los efectos de prevenir, modular e impedir impactos negativos en la sociedad.
  • PRINCIPIO 5 Y 6: RESPETO AL PRINCIPIO DE LEGALIDAD Y NORMAS INTERNACIONALES. Como contraposición al ejercicio arbitrario del poder.
  • PRINCIPIO 7: RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS.Las administraciones públicas deben promover el respeto de los derechos humanos.

PROPUESTAS CONCRETAS DE ORGANIZACIÓN MUNICIPAL ADAPTADA A LA RESPONSABILIDAD SOCIAL.

  • Implantación de la Concejalía de Responsabilidad Social.
  1. Competencias: Participación y responsabilidad social. Coordinar toda la acción municipal para implementar las prácticas derivadas de la Responsabilidad Social y participación.
  2. Objetivos: (1) Implantación de las prácticas derivadas de la Responsabilidad Social en toda la organización (2) Control del desarrollo del código é (3) Corrección de las malas prácticas (4) implantación de las prácticas derivadas de la participación.
  • EL CÓDIGO ÉTICOdel Ayuntamiento, de sus miembros y de sus relaciones con terceros (ciudadanos y contratistas). Este Código Ético actuará como una especie de Constitución Municipal” y deberá definir la manera en que los ciudadanos quieren que se comporten los actores implicados en la Organización Política Municipal, en consecuencia, deberá construirse de forma participativa. Este Código Ético debe construirse conjuntamente entre el CONSELL SOCIAL DE LA CIUTAT y el PLENO, pero también deberá estar abierto a toda la ciudadanía.
  • El ESTUDIO DE IMPACTO SOCIAL. Deberá establecerse por Ordenanza Municipal, la necesidad de aprobar un Estudio de Impacto Social para el desarrollo de cualquier proyecto urbanístico de iniciativa pública o privada o cualquier otro proyecto con evidente impacto sobre la ciudad, o ante cualquier contratación pública que tenga prevista una permanencia superior al de una legislatura.
  • La memoria anual de Responsabilidad Social.En aras de favorecer el control horizontal de la propia administración, deberá vigilarse y valorarse el cumplimiento del Código Ético Municipal.
  • Potenciar la figura del Defensor del Ciudadano, a los efectos de establecer un mecanismo de reclamación ciudadana ágil y que sirva para poner de manifiesto el incumplimiento del Código Ético.

Deberá reformarse el REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA por diversos motivos: (1) Para que la figura del DEFENSOR DEL CIUDADANO sea elegida directamente por el CONSELL SOCIAL DE LA CIUTAT por un periodo de SEIS AÑOS, ello para una mayor independencia, credibilidad social y una mejor mediación social y (2) Para, además hacer compatible la Ordenanza Municipal con los principios aquí definidos así como con los instrumentos que se indican, estableciendo los mecanismos para la creación y modificación del CE y del ESTUDIO DE IMPACTO SOCIAL.


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